Normativa municipal vehículos de movilidad personal en Granollers

29, octubre 2020

Normativa municipal vehículos de movilidad personal en Granollers

ACTUALIZACIÓN OCTUBRE 2020

El 26/2/2020 el Pleno del Ayuntamiento de Granollers aprobó la modificación de la OM de Circulación que afecta a los Vehículos de Movilidad Personal propulsados por motores eléctricos  que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h.

 

 

Las medidas, sometidas a exposición pública durante 30 días incluyen:

  • La edad mínima es de 14 años
  • Solo puede circular una persona con casco en todos los casos
  • Es obligatorio llevar timbre, luces delanteras y traseras, y elementos reflectantes en horario nocturno o en condiciones de poca luz
  • Se prohíbe circular haciendo uso del teléfono móvil o con auriculares
  • Solo se permite circular en calles con velocidad limitada a 30 km/h, calles con velocidad invertida, calles con un únic carril por sentido, por carriles bici, por aceres con un mínimo de 5m de ancho y 3m de espacio libre, suspendiendo la circulación en momentos de alta densidad o aglomeración de circulación de personas y no sea posible conservar 1,5m de distancia con los peatones circular en línea recta durante 5m. de manera continuada.
  • En la zona peatonal pueden circular en días laborables (excepto los jueves de mercado semanal) de 13.30h a 16h y de 20.45h a 11h. Los domingos y festivos está permitida la circulación siempre y cuando no haya aglomeración de peatones.

ACTUALIZACIÓN JULIO 2020. Ya ha entrado en vigor l’OM que regula la circulación de Vehículos de Movilidad Personal en Granolllers. Las sanciones por incumplir la normativa son entre 100 euros y 1000 euros según la gravedad de la infracción.

ACTUALIZACIÓN OCTUBRE 2020. El Pleno de 27/10/2020 ha aprobado la modificación de la OM que, una vez finalice el plazo de 30 días de exposición pública y resueltas las alegaciones formuladas, se aprobará definitivamente y establecerá la limitación de 30 km/h a las vías de la localidad (queda fuera la Ronda Sud), a 20 km/h en los espacios de coexistencia de vehículos y peatones, y a la 10 km/h en las zonas peatonales. La normativa incluye incorporar mecanismos de control y sanciones. Además, se prohíbe el estacionamiento de motocicletas y ciclomotores en los ámbitos destinados a peatones, como las aceras, de donde ya se han retirado las placas señalizadas y se han trasladado a la calzada.

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